Las víctimas de accidente con secuelas permanentes tendrán acceso a la justicia gratuita

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de justicia gratuita, que amplía el número de beneficiarios al aumentar el umbral salaral a partir del cual se puede acceder, además de extender los colectivos que tienen derecho a pleitear gratis a las maltratadas, víctimas del terrorismo, de la trata y a niños y discapacitados psíquicos que sufran agresiones o abusos. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado como novedad sobre el contenido que ya se conocía que las víctimas de un accidente que sufran secuelas permanentes también podrán disfrutar de una tutela judicial efectiva gratuita cuando reclamen indemnizaciones por daños.

 El Ejecutivo dispone de recursos financieros para ampliar el número de beneficiarios que accederán gratis a los tribunales gracias al tasazo judicial, la imposición de unas tasas elevadas que deberán pagar todos los particulares y empresas que quieran pleitear, salvo en el orden penal. «En un momento de congelación presupuestaria ha sido posible ampliar el número de beneficiarios gracias a la recaudación que proporcionará la ley de tasas», ha reconocido el ministro en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

 La ley no entrará en vigor hasta dentro de varios meses, con lo que los colectivos ahora beneficiados deberán seguir pagando el abogado, el procurador y las tasas hasta entonces. El PSOE había solicitado al ministro que eximiera de forma urgente a las maltratadas del pago de las nuevas tasas para evitar que el nuevo impuesto les disuada a la hora de interponer procesos judiciales contra su agresor.

La nueva ley eleva el umbral salarial de dos veces el salario mínimo interprofesional (14.910 euros al año) a 2,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que supone 15.975,33 euros al año, y hasta a tres veces cuando los miembros de la unidad familiar son cuatro (19.170,39). En los casos en los que el solicitante no forme parte de una unidad familiar el umbral se sitúa en dos veces el IPREM.

 El anteproyecto mantiene el reconocimiento del derecho a la justicia gratuita de los trabajadores y beneficiarios del Sistema de Seguridad Social en la primera instancia del orden Social (es decir, para recurrir despidos). En los escasos casos en los que los que recurren en suplicación son los trabajadores tendrán una exención del 60% de la tasa prevista.
La futura ley prevé además la creación de un comité de consultas en el seno del Ministerio de Justicia para intentar evitar el fraude. Además, si en el plazo de cuatro años el beneficiario viene a mejor fortuna (sus ingresos son el doble del umbral por el que en su día tuvo derecho a la justicia gratuita), la parte contraria podrá reclamarle los costes que le fueron impuestos.

Se incrementan también las facultades de averiguación patrimonial por parte de los Colegios de Abogados y las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita. También se establece una presunción de abuso de derecho a partir de la tercera vez que se acude a la justicia gratuita, salvo en el orden penal. Esto no significa que a partir de la cuarta petición se deje de prestar la asistencia requerida, sino que se comprobará si está justificada y sólo en ese caso se atenderá la solicitud.

Fuente: «El Periódico».

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