El CGPJ aprueba por unanimidad el informe crítico con la reforma de Gallardón

La ponencia de la vocal del Consejo General del Poder  Judicial (CGPJ) Margarita Robles sumamente  crítica con la reforma prevista por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón para esta institución ha sido aprobada  por unanimidad por la Comisión de Estudios e Informes reunida este miércoles,  que ha introducido alguna matización en la redacción para rebajar el tono aunque  sin afectar a lo esencial de la propuesta, según fuentes consultadas por Europa  Press.

Entre estas matizaciones se encontraría la supresión de un párrafo incluido  en las consideraciones generales a la reforma donde se acusaba al ministro de  querer convertir el Consejo en «una dirección general» más de su departamento.  Igualmente, se ha eliminado lo señalado en otro punto del informe que comparaba  la figura del ministro con una especie de «Quijote».

En otros aspectos, los vocales de la Comisión de Estudios van incluso más  allá de lo señalado por la ponente para advertir que la supresión de la  dedicación exclusiva de los vocales (sólo la tendrán los seis de la Comisión  Disciplinaria, frente a los 20 actuales) puede llegar a producir «disfunciones  en los juzgados».

El documento advierte que los planes del Gobierno suponen reducir al órgano  de gobierno de los jueces «a su mínima expresión» con «la evidente intención de  subordinar a los miembros del Poder Judicial al Poder Ejecutivo».

Igualmente, se han introducido cambios de redacción para poner «en positivo»  determinadas críticas por la falta de claridad de algunos preceptos del  Anteproyecto, que reforma parcialmente la Ley Orgánica del Poder Judicial  (LOPJ). Entre ellos, el referido a la posibilidad de que los jueces asociados  puedan presentarse ante las Cámaras como candidatos al órgano de gobierno de los  jueces a título individual, es decir, no avalados por ninguna de las  asociaciones judiciales.

El texto aprobado este miércoles puede verse modificado durante la discusión  en el próximo Pleno, cuando se valorará la posible inclusión de aspectos no  tratados en la ponencia como es la regulación de los denominados consejos  autonómicos del poder judicial, cuya creación reclaman los grupos parlamentarios  nacionalistas.

El texto de la ponente alerta de que varias de las novedades previstas por el  Ministerio de Justicia contradicen la doctrina del Tribunal Constitucional y el  propio texto de la Carta Magna, como son la posibilidad de que el CGPJ se  renueve parcialmente si no se alcanza acuerdo en ambas Cámaras y que la mayoría  de los vocales -excepto los seis de la Comisión Permanente-, no tengan  dedicación exclusiva y ejerzan de forma simultánea sus profesiones.

Una vez superado su primer filtro, el texto mantiene que los planes del  Ministerio de Justicia llevan a cabo un desapoderamiento de importantes  funciones que la normativa hoy vigente ha otorgado al CGPJ como medio para  garantizar la independencia de jueces y magistrados.

La ponente encontraba además tachas de constitucionalidad en varios  preceptos, entre ellos los que obligan a los vocales permanecer en el servicio  activo -si son jueces- o ejerciendo sus profesiones de abogado, procurador o  catedrático si proceden de otros ámbitos.

«Dicho régimen jurídico no parece conciliable con el mandato constitucional  recogido en el primer inciso del artículo 127.1 de la Constitución». En este  punto es donde se ha incidido en la posible afectación que la medida tendrá en  el trabajo diario en los juzgados.

El hecho de que la norma permita la constitución de un nuevo Consejo con los  diez vocales de la Cámara que hubiera procedido a la renovación, sin esperar al  nombramiento del total de los veinte vocales, también «podría resultar contrario  a los designios constitucionales», según el informe.

En este punto, el CGPJ recuerda que el artículo 122.3 de la Constitución  establece un mandato de cinco años para todos los vocales nombrados por el Rey.  «Tal mandato podría entrar en contradicción con lo establecido en el artículo  70.3, que posibilita un mandato de duración inferior a dicho periodo si alguna  de las Cámaras no procediera en plazo a la renovación de los vocales que le  corresponde designar».

Fuente: «La Vanguardia».

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