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Detenido en Sevilla un pedófilo que abusaba de menores con la X-BOX

Agentes  de los Mossos d’Esquadra han concluido una investigación que ha permitido  detener Ismael G.P., de 28 años, vecino de Castilleja de Guzmán (Sevilla) y  nacionalidad española por acosar cerca de cincuenta de menores utilizando una  videoconsola. La  unidad de delitos telemáticos de la Guardia Civil de Sevilla ha llevado a cabo  la detención y al joven se le acusa de un delito de corrupción de menores, así  como de amenazas y coacciones, según informan los  Mossos. Los  hechos se remontan a principios de año cuando un menor de Lleida y otro de  Barcelona, de 11 y 12 años respectivamente, presentaron una denuncia donde  explicaban que una persona que había contactado con ellos a través de la red les  obligaba a enseñar sus órganos  sexuales bajo amenaza, informa la policía autonomica. En  el argot policial, y dentro del entorno informático, se trata de una modalidad  delictiva llamada y reconocida a nivel europeo como grooming. En  este caso, la herramienta utilizada por el autor para cometer los hechos era  mayoritariamente una consola de videojuegos X-BOX. En  algunas ocasiones también se valía de las redes sociales y de un programa de  telefonía a través de internet. En  las redes sociales utilizaba una identidad falsa, la de Vlad Krutshih y los  correos electrónicos que asociaba a esta identidad eran  masacrehacker@facebook.com, navodnenie@gmail.com, masacrebox@hotmail.com y  masacrex@live.com, aseguran los Mossos en un  comunicado. El  autor de los hechos contactaba con los menores utilizando excusas diversas  mientras estos jugaban online con otros usuarios mediante  la red. Después  de contactar con los menores, trasladaba las conversaciones en los chats  privados y cuando se había ganado su confianza, los introducía en temas sexuales  que podían derivar en la masturbación del menor, según la investigacón de los  Mossos. El  detenido, que utilizaba el nombre de joselito9218, también les pedía  que se desnudaran ante la web ofreciendo contraprestaciones a los niños como el  envío de códigos para juegos online.

Si  se resistían los enviaba mensajes de voz y de texto donde, para conseguir sus  propósitos, los amenazaba con hackear sus equipos informáticos o difundir el  material fotográfico que ya había conseguido. Los  Mossos han aportado ante el juez diversas grabaciones donde aseguran que se  prueba la autoría del detenido y se le escucha claramente pidiendo a un menor  que le enseñe los genitales impasible ante los llantos de la víctima. El  niño se niega en reiteradas ocasiones a pesar de la insistencia del autor y éste  intenta persuadirlo asegurándole que si no hace lo que le dice le hackejarà el  ordenador. Se  da la circunstancia de que el detenido ya tenía antecedentes por hechos  similares. Él  mismo, en varias páginas de internet, se reconoce como pedófilo activo y se  autodefine como «el mayor y más famoso pedófilo de toda Europa» y asegura que  lleva años manteniendo relaciones sexuales con menores de entre siete y doce  años.

La  detención del presunto autor de los hechos la hizo el Grupo de Delitos  Telemáticos de la Guardia Civil en Sevilla, a petición de los Mossos. En  el registro que se hizo en el inmueble del detenido se encontraron más de un  millar de archivos fotográficos y decenas de vídeos. La  detención también la efectuó este cuerpo policial.

Fuente: «La Vanguardia»

El Supremo absuelve a todos los miembros del clan Jodorovich

El Tribunal Supremo ha absuelto a todos los integrantes del clan Jodorovich, una familia de traficantes de drogas y armas condenada a un centenar de años de prisión, que operaba en Cataluña, porque la Policía eludió la negativa de un juzgado de Santa Coloma a prorrogar escuchas telefónicas denunciando los hechos ante un juzgado de Barcelona que siguió la investigación. El Supremo decreta la absolución de los nueve integrantes del clan Jodorovich aunque mantiene el comiso de las armas y las drogas.

El clan de los Jodorovich fue juzgado en Barcelona y condenado en noviembre de 211 a severas penas de prisión, de entre 19 años y medio para el jefe del clan, Aquilino Montero Jodorovich, y siete años y medio para su hermano Simón. Los demás condenados fueron Manuel y Antonio Montero Jodorovich, a diez años cada uno; María Isabel Casado, a 14 años; y Sonia y Olga Carreño Espinosa, David Prat Caldes y Roberto Hernández Espinosa, a nueve años de cárcel.

La policía les intervino diversas cantidades de cocaína y marihuana, un arsenal de armas de guerra como subfusiles automáticos Skorpion, Kalashnikov, Erma y Cobray, rifles y pistolas Llama, Smith &Wesson, Norinco, Remington, etcétera, así como granadas de mano y abundante munición. La familia era titular de hasta 19 sociedades, a título personal y a través de testaferros.

Para el Supremo carece de justificación que si el juzgado de instrucción 4 de Santa Coloma que llevaba inicialmente el caso, tras más de ocho meses de escuchas telefónicas, decretó el sobreseimiento, transcurrido un breve periodo de tiempo las mismas unidades policiales que llevaban la investigación se dirigieran al juzgado de instrucción número 9 de Barcelona sin poner en su conocimiento la existencia de la anterior instrucción y provocaran un nuevo proceso en relación con las mismas personas y los mismos hechos.

Según la Sala de lo Penal, la policía faltó al principio de buena fe y actuó en fraude de ley, buscando un efecto procesal que no se había obtenido en otro juzgado, pero ocultando al nuevo la existencia del procedimiento anterior.

En definitiva, al haber ocultado el resultado de la instrucción seguida en el juzgado de Santa Coloma y la denegación de las prórrogas de las escuchas interesadas por la policía, se impidió al juzgado de instrucción 9 de Barcelona el debido control de la naturaleza, conveniencia y oportunidad de las intervenciones telefónicas y se vulneró la garantía constitucional al secreto de las comunicaciones.

Según la Sala, la invalidez de las pruebas no supone la negación absoluta del hecho que pretendían acreditar, sino la imposibilidad de utilizar las mismas, por lo que decreta la absolución de los recurrentes.

Fuente: «El País»

Los propietarios podrán seguir disfrutando de la desgravación por vivienda de forma transitoria

Los propietarios de una vivienda que estén actualmente pagando la hipoteca pueden respirar tranquilos, al menos de momento. el gobierno ha comunicado oficialmente que la eliminación de la desgravación por compra de vivienda habitual no tendrá carácter retroactivo, es decir, que todos los propietarios podrán seguir desgravándose. el silencio que mantenía el gobierno había sembrado las dudas entre los hipotecados

después de meses de incertidumbre, el gobierno ha confirmado que aquellos que compraron una casa antes de 2013 podrán seguir desgravándose en la declaración de la renta. la ley de acompañamiento a los presupuestos generales del estado que se ha remitido al congreso aclara que «se establece un régimen transitorio por el que podrán continuar practicando la deducción»

por inversión en vivienda en ejercicios futuros todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes del 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual o satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual».

Fuente: «elidealista.com»

así, aquellos que hayan comprado o estén pagando una vivienda antes del próximo 1 de enero podrán deducirse las cuotas de la hipoteca, también las cantidades entregadas a cuenta al promotor hasta el 3 de diciembre de 2016 y si la entrega de la vivienda se hace dentro de esta fecha, el préstamo que pueda concertar también será deducible

con esta noticia, los actuales propietarios de una vivienda respiran aliviados, ya que supone no tener que renunciar a una importante suma de dinero con la que contaban tras presentar su declaración de la renta. en concreto, un hipotecados puede llegar a recibir un 15% de sus cuotas, con un límite de base de cálculo de 9.015 euros. es decir, unos 1.350 euros al año, que alcanzan los 2.700 euros en caso de que la compra se haga en pareja y se reúnan los requisitos pertinentes

El Gobierno aprueba hoy la reforma penal que introduce la prisión permanente

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy el  anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, que  introducirá medidas como la prisión  permanente revisable o la custodia de  seguridad, que establecerá un periodo de vigilancia posterior a la pena  en casos de delitos de especial gravedad.

El anteproyecto que, según han confirmado a Efe fuentes del Ministerio de  Justicia, tendrá sobre la mesa el gabinete de Mariano Rajoy, incluye las líneas  generales recogidas en el informe sobre la reforma penal que el ministro Alberto  Ruiz-Gallardón presentó al Gobierno el pasado 14 de septiembre.

En dicho informe se avanzaba también una variación del delito de atentado  para incluir en él todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de  violencia o amenazas graves sobre agentes de las fuerzas de seguridad o miembros  de servicios de asistencia y rescate.

La acción de resistencia pasiva, junto a la desobediencia, se mantendrá  penada con entre seis meses y un año de cárcel, y sólo se castigará la difusión  de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden  público o actos de violencia, pero no la simple convocatoria a  movilizaciones.

Según el informe previo, la prisión permanente revisable se  aplicará a los homicidios terroristas, pero también a los cometidos contra el  rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros.

Igualmente, se podrá aplicar a ciertos crímenes que causan especial repulsa  social, cuando la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable o  cuando exista también delito contra la libertad sexual, entre otros.

La reforma introduce también por primera vez en la legislación española la custodia de seguridad para delitos especialmente graves como  una medida privativa de libertad para casos excepcionales, que, con una duración  máxima de 10 años, se aplicará una vez cumplida la pena de prisión después de  que el tribunal valore la peligrosidad del penado.

Además, se modificará el delito de detención ilegal para los casos en los que  no aparezca la víctima, en los que se fijará una pena única equivalente a la que  corresponde al homicidio, y se prevé la supresión de las faltas, manteniéndose  sólo las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves,  denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa.

Se modifican las retribuciones y permisos de los jueces

El Ministerio de Justicia también llevará una reforma de la Ley Orgánica del  Poder Judicial (LOPJ) dirigida a modificar varias condiciones laborales de los  jueces, entre ellas el número de permisos para asuntos propios de los que  disfrutan y las retribuciones. Fuentes del Ejecutivo han confirmado que, en  materia retributiva, las modificaciones supondrán una rebaja de salarios en  determinados supuestos y un aumento en otras, como las que pueden recibir los  magistrados y jueces que realicen labores de refuerzo, teniendo en cuenta la  reducción de sustitutos prevista también en la norma.

El texto de Justicia pasa por reducir los 18 días de permisos por asuntos  propios de que disfrutan actualmente por los jueces españoles por otra fórmula  para que tengan tres días de «moscosos», como el resto de funcionarios, más  otros 9 para utilizarlos fuera del órgano en el estudio de las causas» de mayor  complejidad.

En un Pleno extraordinario celebrado el pasdo jueves, el Consejo General del  Poder Judicial (CGPJ) aprobó un informe muy crítico con los planes de Alberto  Ruiz-Gallardón en el que aboga por el mantenimiento del vigente régimen de  permisos.

Sobre los cambios planeados para los jueces sustitutos, cuya existencia el  Ministerio de Justicia pretende convertir en casi «excepcional» en esta misma  reforma, el informe del CGPJ advirtió del esfuerzo y dedicación al que obligará  a los miembros «profesionales» de la carrera teniendo en cuenta su actual carga  de trabajo, por lo que sugieren que el nuevo sistema se acompase con medidas de  adecuación de plantilla para que no redunde en detrimento de la calidad de la  justicia. El Ministerio de Justicia, por ejemplo, ofrece a los jueces de lo  Social un sobresueldo de 1.200 euros para aquellos que, además de su juzgado,  quieran llevar la mitad de los asuntos de otro en el que se precise  refuerzo.

Fuente: «La Vanguardia»

Los medios de comunicación crean falsas esperanzas a los hipotecados

La Estafa del Euríbor

En el caso del BBVA hasta el 70% de los clientes firmaron en su día la clausula suelo.
Titulares como «El Euríbor marca en agosto el mínimo histórico y abarata las hipotecas» o «El Euríbor baja del 1% y rebaja 1.000 euros las hipotecas» son un auténtico engaño ya que un importante porcentaje de hipotecados no se van a ver beneficiados por ello, ya que distintas cláusulas o productos tóxicos así lo evitan

Estos titulares confunden y engañan a los consumidores, ya que crean falsas ilusiones a los hipotecados, que creen que su cuota mensual va a reducirse, cuando la realidad no es así.

La mayoría de los medios de comunicación, en connivencia con las entidades financieras, difunden este tipo de noticias que crean falsas esperanzas entre sus lectores, y que suponen un verdadero golpe para las economías familiares en estos tiempos de crisis. Y es que, lo que en definitiva sería una buena noticia para los miles y miles de familias hipotecadas, acaba siendo un fiasco y una desilusión ya que según datos del Banco de España en 32% de las hipotecas a particulares tienen clausula suelo. En determinados casos esta cifra puede llegar como en el caso del BBVA hasta el 70% de los clientes firmaron en su día la clausula suelo.

Gracias a las constantes y reiteradas denuncias públicas realizadas por Ausbanc, alertando de que la cláusula suelo es la principal responsable de que la progresiva reducción del Euríbor no se haya traducido en una bajada generalizada de las cuotas mensuales, algunos medios de comunicación sí recogen en sus informaciones los peligros que conlleva esta cláusula tóxica.

Sin embargo, todavía existe un alto porcentaje de medios de comunicación que están haciendo caso omiso a su labor de formación e información tan necesaria para combatir estos abusos por parte de la banca en los últimos años.

Ausbanc Consumo, que ha sido la primera asociación que detectó esta mala práctica bancaria, ha conseguido ya importantes éxitos judiciales, en los que ha sido declarada abusiva esta práctica, debiendo ser eliminada del contrato de préstamo hipotecario Pero todavía queda mucho trabajo por hacer, ya que esta Asociación ha detectado que existen entidades que todavía siguen aplicando la cláusula suelo a los nuevos hipotecados. Estas entidades están haciendo caso omiso a la veintena de sentencias ganadas ya por Ausbanc, y en las que de forma rotunda se declara abusiva la cláusula suelo.

630 millones de euros para la banca Si tenemos en cuenta que la clausula suelo se empezó a imponer hacia el año 2007, desde ese momento se han firmado más de 1.155.000 contratos de hipotecas con la finalidad de adquisición de vivienda, bien sea de primera o segunda residencia. Según datos del propio Banco de España el 30% de las hipotecas firmadas tienen incluida una clausula suelo entre sus condiciones. Es decir en torno a 346.500 personas o familias titulares de una hipoteca sufren los abuso de la clausula suelo.

Si tenemos en cuenta que la hipoteca media está en torno a los 150.000 euros, con el nivel actual del Euribor, más un diferencial razonable del 1%, la cuota sería de 640 euros al mes o 7.680 euros al año. Si a esa misma hipoteca le añadimos un suelo del 4% la cuota se incrementaría en 1.821 euros al año hasta los 9.501 euros anuales.

Si multiplicamos esta cifra de 1.821 por el numero de hipotecas con clausula suelo (346.500) la cifra de beneficios adicionales para la Banca sería de 630 millones de euros ANUALES.

Fuente: «Ausbank.es»

Técnicas de negociación para rebajar el precio del alquiler

Al mercado inmobiliario le falta la transparencia lo que da pie a jugar con  arbitrajes de mercado, es decir, a alquilar más barato que la media del mercado.  Por esta razón trabajaría mediante busca directa así como a través de  inmobiliarias.

¿Qué más da pagar a alguien si te levanta la libre de un gran piso a un gran  precio? Ésta es la opinión del experto en el sector inmobiliario Borja  Mateo que explica en este artículo diferentes técnicas de negociación  para poder renegociar con ventaja ante el propietario una rebaja del precio del  alquiler ante la actual caída generalizada de precios.

El fin de las inmobiliarias es la intermediación: lo que quieren es que tú  pagues lo máximo y el propietario baje todo lo posible el precio del piso; de  esta forma la operación se cruza.

Por esta razón, en cuanto al desarrollo de los precios en el mercado, dirán  al vendedor y comprador cosas contradictorias con el fin de que uno suba su  oferta y otro baje sus demandas.

Hechos:

-1,9 millones de pisos a la venta tanto de primera como de segunda  mano; -1,3 millones de pisos en proceso de construcción; -2,6 millones de  pisos no incluidos en ninguna de las categorías anteriores, que están en zonas  de primera residencia y que se hallan vacíos

Los precios de los pisos comenzaron a bajar a mediados de 2006 (3er  trimester). Los precios de los alquileres lo hacen ya desde principios de 2007.  Mientras que los primeros ya han descendido el 45%, los segundos lo han hecho en  el 40% de media.

Las reformas de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que suponen un  reforzamiento de los derechos de los caseros, conlleva una salida muy fuerte  pisos al mercado del alquiler. Así mismo, muchas viviendas que no acaban de ser  vendidas, pasan a formar parte del mercado de alquiler. A todo ello hay que  sumar una demanda muy mermada de pisos como consecuencia de la contracción de la  población por su envejecimiento.

Por las rezones expuestas, los precio de los alquileres continuarán bajando.  En este mercado el inquilino tiene la sartén por la mano; cualquiera que te diga  que diga lo contrario no conoce el mercado. El aumento de la demanda de alquiler  es muy inferior a la oferta registrada.

Si como inquilino pagas la misma renta que en años anteriores, algo haces  mal.

Principios a seguir como inquilino:

1. Infórmate sobre cuál es el nivel real de precios de alquiler en tu zona.  Para ello dirígete a varias inmobiliarias. Las harás desfilar una a a una por el  piso que ocupas y que alquilas haciéndote pasar por el propietario. Estas te  podrán realizar una valoración del alquiler de mercado sin saber que hablan con  el inquilino. Con el fin de que las inmobiliarias estén dispuestas a este  esfuerzo, diles que eres el propietario y que estás pensando en concederles la  exclusiva de alquiler;

2. No te cortes un pelo a la hora de exigir descuentos en el alquiler de la  casa que ocupas. Los recursos más socorridos han de ser:

a. Que estás pagando más que en la zona; sustenta tu petición en las  valoraciones que te hayan realizado las inmobiliarias;

b. Que te vas a quedar sin trabajo y que deseas seguir pagando aunque no sea  verdad;

c. Cualquier reparación que haya realizado en la casa;

d. La situación económica del país y cómo los sueldos están bajando (aunque  no sea tu caso)

3. Como una de las muy pocas formas de rescindir el contrato, siempre que  pagues, es por voluntad del inquilino, no dudes en amenazar veladamente con que  te marcharás en caso de que el propietario no se acomode de forma dinámica la  nueva situación de precios;

4. Ser consciente de que, a pesar de todos los cambios legales, y dependiendo  de tu juzgado y de cómo sepas jugar los pasos del proceso, puedes estar por la  gorra en el piso desde 6 a 24 meses. Nunca lo diría de forma abierta sino lo  dejaría caer con un «ya sé que puedo estar sin pagar muchos meses, pero yo  quiero pagar€este precio»;

5. Mantén una conversación con el propietario y luego, de forma esquemática,  enviable tu propuesta por escrito. Una oferta por escrito es tomada de una forma  más seria aun cuando las posiciones sean muy distintantes;

6. Aquellos precios de alquiler que hace poco te parecía ridículamente bajos  pueden ser ya ahora en tu zona comunes y lo que ahora es un beun precio, mañana  sera caro, es cuestión de esperar

Un principio que nos ha de perder nunca de vista es que, dentro de la  legalidad vigente, has de comportarte de la forma más marrullera posible. Con el  fin de que te rebajen el alquiler vale todo€dentro de la legalidad. Has de  tartar al propietario de acorde a los mismos principios que les permitieron  inflar la burbuja inmobiliaria en el período 1973-2006, es decir, ha de existir  reciprocidad de trato en todo momento.

Si hay algo que hay que perder para negociar a la baja el precio de un  alquiler, eso es la verguenza. Uno pide lo que quiere por su casa y otro ofrece  lo que le parece adecuado.

 

Delimita bien:

Acota las zonas en las que quieres vivir:

– La lista ha de ser larga y englobar todas las agencies de las zonas que te  interesan;

– No vayas necesariamente a sus local con el fin de optimizar el uso de tu  tiempo;

– Les diría que pago a toca teja varios meses de alquiler si es necesario (un  gran gancho que atrae a muchos caseros)y les diría las características del piso  que busco;

– Tomaría el nombre de la persona con la que he hablado y le enviaría un  correo tras la conversación con lo tratado. El correo ha de ser de muy fácil  lectura. Tienes que tener una persona en la agencia que vea que con tu forma de  actuar, en cuando tenga lo que quieres, se llevará su comisión;

– Cada dos semanas les envío un correo con el fin de que me den novedades (la  gente se olvida entre tanto cliente)

Técnicas dinámicas de negociación de alquiler (2):

– No te empeñes en una sola zona. Define necesidades ( a 10 minutos de mi  trabajo, colegios cerca, € o las que fueren) y no zonas apriori. Mira todas los  barrios que cumplan las características que deseas. No te puedes imaginar la de  barrios de tu ciudad que no conoces y que pueden estar muy bien. Cuanto más  abierto estés dentro de unos parámetros, mayores son tus posibilidades de  negociar con varias personas a la vez y de llegar a un buen trato;

– Estandariza el proceso. Ten una serie de preguntas preparadas para todos  los propietarios y usa una página de papel para conversación. En todos ellas ten  impresas las mismas preguntas tales que: metros cuadrados utiles, elementos  comunues, orientación, número de habitaciones,€ De esta forma te ahorras el ir a  visitar la casa algo que puede suponer mucho tiempo ahorrado. Este paso es muy  relevante ya que la gente tiene la tendencia a ir a visitor casas si haberlas  filtrado previamente y pierde mucho tiempo;

– Negocia con varies propietarios a la vez haciendlos saber cómo está el  mercado y que los precios de alquiler se están desmoronando;

– Habla con amigos. Antes de hacer la lista de características que te servirá  para filtrar las casas, compártela con algún amigo ya que se le pueden ocurrir  nuevas cosas;

– Usa el internet. Una vez localizada la casa usa google earth con el fin de  ver fotos de la zona y situar todos los servicios públicos de los que dispone tu  barrio potencial;

– Inserta un anuncio como demandante de piso. Tomaría todas las páginas de  los portales inmobiliarios ya que la insercción es gratuita casi siempre y te  puede levanter oportunidades escondidas;

– No expreses satisfacción. Aunque una casa te guste cállatelo. Usa  expresiones neutrales tales que «ya le dire algo si le interesa», «me lo  pensaré», y nunca, nunca expreses emoción por un gran precio. Cualquier precio  que te pongan sobre la mesa es muy caro aunque sea fantástico;

– Si eres extranjero de país que la gente relacione con pobreza que las  llamadas las haga otro amigo tuyo. La visita la puedes hacer tú, pero di siempre  que es para otro. El día de la firma del contrato apareces tú y desvelas que es  para ti, pero solo en ese momento. De esta forma evitas el rechazo que tienen  muchos propietarios a una serie de nacionalidades;

– Hay cosas que se pueden reparar y pintar. No te fijes sólo en cómo está el  piso, sino que imagínatelo una vez limpiado y pintado por ti. Hay propietarios  muy zafios, pero si el precio es muy bueno, una mano de pintura se da rápido.  Para manchas de grasa no uses detergente sino anigrasas que es mucho más  efectivo;

– En las visitas vete bien vestido, no necesariamente de traje. Di que tienes  un niño aunque no sea verdad porque da la impresion de más estabilidad y  seguridad;

– Resgistra siempre el contrato en el Registro de tu zona. Cuesta cuatro  duros y te protégé mucho;

– Vete a la Camára de la Propiedad con el fin de que te ayuden con el  contrato. En muchas ciudades tienen consultorios legales gratuitos muy  útiles;

Los hechos

– Las agencias inmobiliarias se llevan una comisión que suele ser  proporcional al precio de venta del inmuble; – Como consecuencia de lo  anterior, y durante los años de la crisis inmobiliaria (1973-2006), la tendencia  es que las inmobiliarias animaran a los vendedores a inflar los precios de los  inmuebles; – Dicho lo anterior hay que recorder que siempre tenían que  andarse con cuidado: si el precio era muy superior al mercado no había  transacción y, por tanto, se quedaban sin su commisión; – Lo que desean es  que el comprador/inquilino ofrezca el mayor precio posible mientras que al  vendedor/casero le intentarán sacar bajadas; – Las inmobiliarias conoce bien  el proceso psicológico de la venta de vivienda, pero que en muy contadas  ocasiones conocen los parámetros macroeconómicos que determinan la formación de  precios de pisos. Pocos son los que van más allá de decir “alquilar es tirar el  dinero” y “nunca bajan”

Lo que dicen y quieren decir

– “Suba su oferta porque este propietario ya no baja más el precio” es “El  propietario lleva varios años intentando vender, no se baja de la burra, pero si  espera, el año que viene comprará de otro vendedor a major precio”; – “En  nuestra zona los precios de los pisos no bajan tanto como en otras” quiere  decir: “Nunca nos creímos que los precios de los pisos fueran a bajar; una vez  que el proceso se puso en marcha ni nos enteramos y ahora que aún sigue teniendo  lugar, pensamos que ha finalizado cuando aún le quedan varios años”; – “Nuestra zona es exclusiva” es “Aquí se derrumban los precios como en todos  lados, tal vez con matices, pero vaya que si bajan. Si le digo abiertamente que  aquí también bajan, usted no comprará por miedo a perder dinero”; – “Tal vez  tengamos que revisar a la baja el precio que pide por su piso”, es “Si no baja  usted rápidamente el precio de venta de su inmueble, el mercado le hará  corregirlo mucho más a la baja de lo que lo haría hoy, así que dese prisa”; – “Se están acabando los chollos” es “Sé que cometo fraude tal y como lo tipifica  el código penal, pero es que si no, usted no compra. Se vende muy poco y casi  todo de los bancos porque son los únicos que financian. Si espera 12 meses, con  un paro del 27,5% tendrá mucho más entre lo que escoger a mejores precios”; – “Para qué comprar si es más barato alquilar..sobre todo con los precios de pisos  que ofrecen los bancos” es “los bancos venden sus pisos el 10-70% más caro de lo  que lo hacen los particulares al poder ofrecer condiciones de financión  inmejorables. En cuando usted compre un piso de un banco y lo quiere vender, ya  solo el primer día, pierde usted el 30% porque a su potencial comprador nadie le  financiará”; – “Alquilar es tirar el dinero”, quiere decir, “yo vendo: ya  sean casas, sardinas o ropa interior de mujer”

Lo que has de hacer como inquilino/comprador o  venderdor/casero:

– Escucharles bien cuando se trate de decirte a qué precio está teniendo  lugar las ventas/alquileres. Si eres comprador di que eres vendedor con el fin  de saber qué le está diciendo a la parte contraria; – Trabajar con ellos ya  que tienen un efecto de transperencia en un mercado carente de la misma. Son uno  de los puntos de referencia del mercado así que mucha gente acude a ellos con lo  que puedes encontrar más fácilmente un piso para alquilar o un compradar. No  importa que te cobren commission si es que te sirven realemente para ahorrarte  dinero respecto a lo que tú habrías encontrado por ti mismo; – Has de ser  capaz de filtrar lo que es técnica comercial de venta de sus servicios (ellos  desean que la transacción tenga lugar) de la información objetiva del  mercado; – Si tu piso lo rechazan las inmobiliarias es porque estás fuera de  mercado, así que replantéate su precio; – Tiende a poner a la venta/alquiler  el precio de tu piso por debajo (sí, por debajo) de lo que te indiquen las  inmobiliarias ya que el mercado se va corrigiendo según pasa el tiempo y la  dirección es hacia el sur; – Explícales que quieres con gran claridad y, una  vez que has hablado con ellos, déjales por escrito qué es lo que quieres: cuanto  más específico seas, mejor. De esta forma les facilitas su labor y te ahorras  visitas infructuosas; – Como inquilino/comprador, una vez acordado el precio  de compra/alquiler, y solo una vez que estéis en el momento de firmar el  contrato, deja caer “los honorarios de la inmobiliaria los paga el propietario,  si no no hay contrato”. El agobio de muchos inquilinos es tal que, tan cerca de  la venta/alquiler, no se echarán atrás.

Fuente: «La Vanguardia»

El sueño que no ceja: miles de firmas por la dación en pago

Hace tres años muy pocos sabían qué era una dación en pago. Pero la crisis, las ruinas y los desahucios han extendido el uso del término y el entendimiento de que, según la legislación española, la entrega del piso no salda la deuda contraída con el banco al firmar la hipoteca.

Asociaciones de vecinos, sindicatos, ONG, indignados y, muy especialmente, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca no han tirado la toalla y siguen soñando con cambiar la norma. Hace más de un año pusieron en marcha una Iniciativa Legislativa Popular, lo que exige la recogida de 500.000 firmas en un plazo que se cumple el próximo 31 de octubre. Además de la dación en pago con efectos retroactivos, piden que que se paralicen los desahucios cuando se trate de la vivienda habitual de la familia y que puedan seguir viviendo en la vivienda a cambio de un alquiler “no superior al 30% de sus ingresos” durante cinco años.

Ya suman unas 400.000 firmas y este fin de semana han echado los restos de cara a la recta final. En la Comunidad de Madrid han dispuesto 144 puntos de recogida de firmas. En el distrito de Ciudad Lineal, por ejemplo, repartieron 11 mesas para llegar a cuantos más vecinos mejor. En Quintana, una de ellas, a las 18.30 de la tarde, un joven preguntaba asustado antes de estampar su dirección “¿no me llegará una carta o algo por esto?”.

“No, esto es un derecho que tienes como ciudadano de participar en la legislación de tu país”, le responde María González, de 25 años, una de las siete voluntarias de la asamblea 15-M de Pueblo Nuevo que atiende las dudas de los transeúntes y les aborda. Unos se suman sin dudarlo, otros les esquivan, alguno comenta que no está de acuerdo con la propuesta. «¿Esto es para no echen a la gente de sus casas?», pregunta una joven boliviana. Aunque para la ILP solo cuentan las firmas de españoles y nacionalizados, también recogen las de los inmigrantes, que se presentarán a parte para que consten. Ayer, María y sus compañeros lograron 400 firmas más que sumar a las ya recogidas.

Fuente: «El País»

Miles de ejecuciones de hipotecas se podrían haber evitado al haberse realizado con errores procesales

En caso de ejecución hay SIEMPRE que solicitar asesoramiento jurídico. Los bancos y Cajas fusionados no están escribiendo en la mayoría de los casos los créditos a favor de la entidad resultante

La reciente restructuración del sistema financiero español que ha afectado sin duda a más del 30% de las hipotecas puede ser de gran ayuda para los deudores hipotecarios ya que pueden ganar tiempo ante la ejecución de la hipoteca en caso de impago.

Cuando se produce una fusión entre dos o más entidades o también la compra de una cartera por parte de un fondo inversor, se debe proceder por parte de las entidades a inscribir el cambio de titularidad de los créditos tanto hipotecarios como no hipotecarios ante notario y posteriormente proceder a la inscripción en el registro mercantil, de tal forma que cuando se inicie el proceso de ejecución figure el auténtico titular del crédito, y no el titular inicial del crédito.  El motivo por el que no lo hacen las entidades financieras básicamente son los ahorros de costes pero el problema es que cuando llega al juzgado y el juez solicita el certificado de cargas del registro sería motivo más que suficiente para paralizar el proceso e instar a la entidad a inscribir a nombre del nuevo titular el crédito.

Este proceso no paraliza el proceso de ejecución pero sí que lo demora, salvo en el hipotético caso en que haya cargas posteriores que serían un problema para cualquier novación o modificación en las condiciones iniciales del crédito.

Así lo están recogiendo distintas sentencias :

“  Por último y en el mismo sentido de abundar en la exigencia legal de la inscripción de la cesión y su trascendencia, obsérvese que el art. 150 LH dice expresamente que el derecho hipotecario se entenderá transferido, con la obligación o con el título sin necesidad de dar de ello conocimiento al deudor ni de hacerse constar la transferencia en el Registro, cuando la hipoteca se hubiere constituido para garantizar obligaciones transferibles por endoso o títulos al portador; «a sensu contrario», esta norma conduce a la conclusión de que sí es necesaria: la inscripción para la transmisión de la garantía en los demás casos, es decir, cuando la hipoteca no tenga por objeto la garantía de obligaciones transferibles por endoso o al portador. Por lo tanto, sí debió inscribirse la cesión a favor de la entidad resultante”. Es cierto, que si bien puede haber juzgados que no estén aplicando está teoría, sí que sería un argumento muy sólido para paralizar los procesos de ejecución.

Ausbanc ya advirtió hace poco sobre la venta que están realizando las entidades financieras de parte de su cartera crediticia a los denominados fondos buitres que tratan de recobrar con el apoyo de las entidades de recobro la deuda. Se trata de momento de deudas pequeñas, antiguas y quizás de gente ya fallecida y se le reclama a sus herederos.

En este sentido Ausbanc, como Asociación pionera en la defensa de los clientes y usuarios bancarios, recomienda:

1.- Por un lado, desde la perspectiva del consumidor deudor, el que la cesión no necesite del consentimiento de éste, no significa que no hayan de cumplirse con las exigencias de la legislación de protección de datos y por tanto la entidad cedente ha de recabar el consentimiento del deudor para ceder sus datos personales a la entidad cesionaria, pues de otra manera estaríamos ante una cesión no consentida de datos y contraria por tanto a la LOPD.

2.- La deuda no está suficientemente documentada, ya que nadie ha mantenido relaciones comerciales con las entidades que solícitamente el pago de la deuda.  Especialmente activas son Frontera capital SARL y Aktiv capital, domiciliadas fuera de nuestras fronteras

2.- El art. 1.535 del Código Civil contempla un supuesto análogo al derecho de tanteo, pues dice que cuando se vende un crédito litigioso, el deudor tiene derecho a extinguirlo reembolsando al cesionario el precio que pagó, más intereses y costas, en el plazo de 9 días desde que el cesionario le reclame el pago.

3.- En este tipo de reclamaciones de deudas, en los que han transcurridos muchos año, existe reiterada jurisprudencia que estima abusiva y contraria a la buena fe la conducta de las entidades que dejan transcurrir años sin reclamar la deuda. Es lo que se conoce en la jurisprudencia como retraso desleal: un derecho no puede ejercitarse contra los actos propios, cuando el acreedor no sólo se ha despreocupado durante mucho tiempo de hacerlo valer, sino que incluso ha dado lugar con su actitud omisiva a que el deudor puede esperar objetivamente que el derecho ya no se ejercitará. Este argumento es válido también cuando la deuda es reclamada por quien no era el acreedor originario (caso de la cesión de crédito), ya que el deudor puede oponer al cesionario del crédito las mismas excepciones que tendría contra el acreedor cedente.

Por tanto desde Ausbanc se recomienda que antes de pagar estas deudas se solicite asesoramiento legal, y detallados estudios de las actuaciones individualizas y personalizadas  a realizar.

Fuente: «AUSBANK.COM»

Miles de ejecuciones de hipotecas se podrían haber evitado al haberse realizado con errores procesales

En caso de ejecución hay SIEMPRE que solicitar asesoramiento jurídico. Los bancos y Cajas fusionados no están escribiendo en la mayoría de los casos los créditos a favor de la entidad resultante

La reciente restructuración del sistema financiero español que ha afectado sin duda a más del 30% de las hipotecas puede ser de gran ayuda para los deudores hipotecarios ya que pueden ganar tiempo ante la ejecución de la hipoteca en caso de impago.

Cuando se produce una fusión entre dos o más entidades o también la compra de una cartera por parte de un fondo inversor, se debe proceder por parte de las entidades a inscribir el cambio de titularidad de los créditos tanto hipotecarios como no hipotecarios ante notario y posteriormente proceder a la inscripción en el registro mercantil, de tal forma que cuando se inicie el proceso de ejecución figure el auténtico titular del crédito, y no el titular inicial del crédito.  El motivo por el que no lo hacen las entidades financieras básicamente son los ahorros de costes pero el problema es que cuando llega al juzgado y el juez solicita el certificado de cargas del registro sería motivo más que suficiente para paralizar el proceso e instar a la entidad a inscribir a nombre del nuevo titular el crédito.

Este proceso no paraliza el proceso de ejecución pero sí que lo demora, salvo en el hipotético caso en que haya cargas posteriores que serían un problema para cualquier novación o modificación en las condiciones iniciales del crédito.

Así lo están recogiendo distintas sentencias :

“  Por último y en el mismo sentido de abundar en la exigencia legal de la inscripción de la cesión y su trascendencia, obsérvese que el art. 150 LH dice expresamente que el derecho hipotecario se entenderá transferido, con la obligación o con el título sin necesidad de dar de ello conocimiento al deudor ni de hacerse constar la transferencia en el Registro, cuando la hipoteca se hubiere constituido para garantizar obligaciones transferibles por endoso o títulos al portador; «a sensu contrario», esta norma conduce a la conclusión de que sí es necesaria: la inscripción para la transmisión de la garantía en los demás casos, es decir, cuando la hipoteca no tenga por objeto la garantía de obligaciones transferibles por endoso o al portador. Por lo tanto, sí debió inscribirse la cesión a favor de la entidad resultante”. Es cierto, que si bien puede haber juzgados que no estén aplicando está teoría, sí que sería un argumento muy sólido para paralizar los procesos de ejecución.

Ausbanc ya advirtió hace poco sobre la venta que están realizando las entidades financieras de parte de su cartera crediticia a los denominados fondos buitres que tratan de recobrar con el apoyo de las entidades de recobro la deuda. Se trata de momento de deudas pequeñas, antiguas y quizás de gente ya fallecida y se le reclama a sus herederos.

En este sentido Ausbanc, como Asociación pionera en la defensa de los clientes y usuarios bancarios, recomienda:

1.- Por un lado, desde la perspectiva del consumidor deudor, el que la cesión no necesite del consentimiento de éste, no significa que no hayan de cumplirse con las exigencias de la legislación de protección de datos y por tanto la entidad cedente ha de recabar el consentimiento del deudor para ceder sus datos personales a la entidad cesionaria, pues de otra manera estaríamos ante una cesión no consentida de datos y contraria por tanto a la LOPD.

2.- La deuda no está suficientemente documentada, ya que nadie ha mantenido relaciones comerciales con las entidades que solícitamente el pago de la deuda.  Especialmente activas son Frontera capital SARL y Aktiv capital, domiciliadas fuera de nuestras fronteras

2.- El art. 1.535 del Código Civil contempla un supuesto análogo al derecho de tanteo, pues dice que cuando se vende un crédito litigioso, el deudor tiene derecho a extinguirlo reembolsando al cesionario el precio que pagó, más intereses y costas, en el plazo de 9 días desde que el cesionario le reclame el pago.

3.- En este tipo de reclamaciones de deudas, en los que han transcurridos muchos año, existe reiterada jurisprudencia que estima abusiva y contraria a la buena fe la conducta de las entidades que dejan transcurrir años sin reclamar la deuda. Es lo que se conoce en la jurisprudencia como retraso desleal: un derecho no puede ejercitarse contra los actos propios, cuando el acreedor no sólo se ha despreocupado durante mucho tiempo de hacerlo valer, sino que incluso ha dado lugar con su actitud omisiva a que el deudor puede esperar objetivamente que el derecho ya no se ejercitará. Este argumento es válido también cuando la deuda es reclamada por quien no era el acreedor originario (caso de la cesión de crédito), ya que el deudor puede oponer al cesionario del crédito las mismas excepciones que tendría contra el acreedor cedente.

Por tanto desde Ausbanc se recomienda que antes de pagar estas deudas se solicite asesoramiento legal, y detallados estudios de las actuaciones individualizas y personalizadas  a realizar.

Fuente: «AUSBANC.COM»

Empleo asegura que las pensiones están «absolutamente garantizadas»

La secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, ha afirmado este jueves que las pensiones están «absolutamente garantizadas» y que los «problemas de liquidez» que sufre la Seguridad Social son «puntuales» y no ponen en peligro esta partida.

«Las pensiones están absolutamente garantizadas. Con una crisis de la magnitud que tenemos es normal que, si la Seguridad Social tiene problemas de liquidez puntuales, tiremos de la hucha de las pensiones», ha afirmado en una entrevista en Telemadrid.

Hidalgo ha querido despejar las preocupaciones después de que el secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, afirmara el pasado martes que no se descarta la posibilidad de tener que recurrir al Fondo de Reserva, actualmente dotado con casi 68.000 millones, para financiar el sistema. Burgos informó de que ya se ha tirado de 4.400 millones de euros del Fondo de Prevención y Rehabilitación para pagar las pensiones en agosto.

Sobre el incremento de 38.000 parados el mes pasado, la secretaria de Empleo ha precisado que «es el dato menos malo desde el 2006» y «está muy por debajo de la media» de la última década. «Aunque no estaremos satisfechos hasta que no haya crecimiento y se genere empleo de calidad, en un momento de recesión económica hay que destacar lo moderado del dato», ha apostillado.

Hidalgo ha subrayado que el Gobierno ha puesto en marcha medidas legales para que el plan Prepara, la ayuda para parados que han agotado la prestación y los subsidios, se destine “a quien más lo necesite y a quien más esfuerzos de inserción haga». Según la secretaria de Empleo, se sumarán a este programa unas 134.000 personas.

Fuente: «El Periódico»